Hace unos días comentábamos que la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado está obligada a cumplir con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal.
Como prueba de ello basta con ver el artículo 17 del Real Decreto 181/2008,de 8 de febrero de ordenación del Boletín Oficial del Estado. Ya veremos cómo resuelven el proceso de cancelación de los datos, cuestión que se intuye bastante compleja.
A partir de ahora las ediciones del BOE vendrán firmadas con certificados de firma electrónica avanzada.
Álvaro Del Hoyo
Departamento de Consultoría










0 comentarios:
Publicar un comentario en la entrada